Ojo con aparcar en plazas reservadas para coches eléctricos, ya que te pueden multar con 200 euros

Recarga Mercadona

Gustavo López Sirvent

Si tienes un coche de combustión o híbrido no enchufable y estacionas en esas plazas puede acarrearte una sanción. También puedes ser multado si tu coche es 100% eléctrico o enchufable y no estás haciendo uso de la recarga

En la actualidad en España hay algo más de 12.000 puntos de recarga de coches eléctricos. La mayoría de ellos tienen un sistema de aparcamiento por plazas reservadas para tal fin. Estos espacios de estacionamiento han ido en aumento en los últimos años y, por este motivo, se han debido regular al igual que ya se hacen con otros espacios de aparcamiento.

El hecho de que no existen tantas como se quisiera (en países como Francia, Holanda o Alemania duplican a las de nuestro país) ha provocado que haya una alta demanda. Pero el respeto y la falta de concienciación ha hecho que usuarios con coches de combustión ocupen esas plazas, que no son suyas y que, por si no lo sabían, llevan consigo multas.

Si tu coche es de combustión, ya sea diésel, gasolina o híbrido común (HEV no recargable) y optas aparcar en una plaza de recarga de coche eléctrico (generalmente pintada de color verde) aunque sean un par de minutos, nos expondremos a que el agente de la autoridad que competa nos sancione con una cuantía bastante elevada.

La Dirección General de Tráfico (DGT) establece esa mala praxis como una infracción grave, en donde las sanciones por cometer esta acción llegan hasta 200 euros. Así lo refleja el artículo del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.

Pero no pienses que sólo se castigará a los imprudentes de los motores de combustión. También se puede multar a los propietarios de coches que sean incluidos como eléctricos, pero que no utilicen correctamente los puntos de carga. O lo que es lo mismo; si el nuestro es un 100% eléctrico pero no lo estamos recargando en alguno de estos puntos, tampoco podremos utilizar este tipo de plazas.

Además, apelando al artículo 105 de la Ley sobre Tráfico, se puede ordenar la retirada y depósito del vehículo por parte de la grúa municipal. En definitiva, si una zona delimitada para la recarga de vehículos eléctricos (en lugares privados como centros comerciales, aparcamientos, etc) y no dispone además de las placas correspondientes, no impide aparcar un vehículo de combustión.

Pero debemos tener en cuenta otro factor importante. Más allá de que una plaza de recarga para vehículos eléctricos esté delimitada como tal, no se aplica la ley si no cuenta con una señal S17. 

Este símbolo indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Además, al incluir una inscripción o un símbolo, que representa ciertas clases de vehículos, indica que el estacionamiento está reservado a esas clases.