La DGT avisa sobre cuándo se puede utilizar el carril central y el izquierdo

La DGT avisa sobre cuándo se puede utilizar el carril central y el izquierdo

Conlleva una multa si incumples la norma. 

Es verano, época de desplazamientos hacia los destinos donde muchos españoles van a pasar sus vacaciones. Y es también el momento en que muchos conductores cometen una infracción de la que no son conscientes. Por ello, la DGT avisa sobre cuándo se puede utilizar el carril central y el izquierdo.

Sí, el carril izquierdo (y el central) no se pueden usar siempre. De hecho, el Reglamento General de Circulación establece claramente que los vehículos deben circular por el carril situado siempre más a su derecha. Solo se puede utilizar el izquierdo para adelantar a otros vehículos que vayan más despacio, debiendo regresar al carril derecho una vez finalizada la maniobra. 

Sin embargo, no son pocos los coches que se mantienen en el carril izquierdo o que piensan que éste sirve para circular más rápido y pueden mantenerse ahí todo el tiempo que quieran, siempre que vayan a la velocidad límite permitida en la vía. Pero, mucho cuidado, porque esta conducta está castigada con una multa.

La DGT avisa sobre cuándo se puede utilizar el carril central y el izquierdo

En su cuenta de Twitter y con el hashtag #ConducirMejor, la DGT te recuerda cuándo puedes utilizar el carril central y le izquierdo mientras circular: “La regla general es que se debe circular por el carril derecho”.

Y añade: “El central y el izquierdo son para adelantar o para cuando las circunstancias del tráfico/vía lo aconsejen, siempre que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga”.

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La norma no solo establece cómo se debe utilizar este carril. Además, determina una sanción si la incumples. En este caso, utilizar el carril central y el izquierdo en condiciones no reglamentarias conlleva una multa de 200 euros.

En principio, es solo una sanción económica, sin retirada de puntos. No obstante, otra conducta bastante habitual en las autovías y autopistas, la de no respetar la distancia de seguridad y “acosar” al coche que va delante para que se aparte, está penada con la pérdida de cuatro puntos

Etiquetas: Motor, DGT