Parar y no apagar el coche, la nueva multa de la DGT

BMW 320i multa circuito
100 euros de sanción.

Comienza septiembre y por si la vuelta al tedio y la rutina no fuera suficiente para hacer del inicio de mes algo ligeramente duro de digerir, la DGT además suma nuevas infracciones a su lista y, como es lógico, multas correspondientes. Una de ellas que debes saber desde ya es que si no apagas el motor mientras estás aparcado recibirás una multa.

La norma dice que en el caso de parar o estacionar el coche éste debe tener el motor apagado, tanto si está el conductor dentro de él como si no. En caso de no hacerlo, será objeto de sanción y tendrá que pagar una multa de 100 euros. Como es lógico, no se aplica siempre que se detenga el coche y se habla de un margen de detención de dos minutos, ya que en intervalos más cortos estar encendiendo y apagando el motor puede ser perjudicial para la mecánica del vehículo.

¿Que dónde está más cómodo? En una calle de cualquier ciudad... Foto: LIGV
¿Que dónde está más cómodo? En una calle de cualquier ciudad... Foto: LIGV

El objetivo principal de esta nueva normativa es el de reducir la contaminación, ya que un vehículo parado o estacionado sigue produciendo emisiones contaminantes. También, de manera secundaria, se quiere reducir el número de paradas indebidas en ciudad, pero a pesar de ello hay que tener en cuenta que la multa también es aplicable en el caso de estar parado de manera correcta.

Eso sí, como ocurre en otros tantos casos en la normativa, los vehículos con categoría de 0 emisiones estarán exentos. Tiene cierta lógica, ya que lo que se busca evitar/castigar es que aumente la contaminación y los modelos de este tipo a priori no emiten CO2. Recalcamos el a priori porque los coches híbridos enchufables que lleven descargada la batería, si lo hacen.

Además, también se libran de la posible multa tanto los vehículos de emergencias y atención sanitaria como el transporte público.