Parece que la DGT declara la guerra a los conductores: tres medidas que nos hacen temblar

Nuevas normas tráfico

Noelia López

La DGT trabaja en la actualización de las normas de tráfico. Su objetivo es poner freno a los principales causantes de accidentes de circulación; pero hay algunas novedades que no están siendo bien recibidas por todos los conductores...

Multa por sujetar el móvil al volante

Las distracciones, en general, y el uso del móvil, en particular, son una de las prioridades de Tráfico en la lucha contra la siniestralidad. Lo son porque todos los estudios coinciden en señalar que utilizar el teléfono móvil mientras se conduce eleva de manera significativa el riesgo de sufrir un accidente. Lo peor es que que son muchos (pero muchos) los conductores que reconocen que lo hacen.

Para reducir este riesgo, la DGT ha decidido introducir dos cambios en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial:

  • Se endurece la pena actual: se mantienen los 200 euros de sanción económica, pero se eleva a seis los puntos que perderá aquél conductor que sea sorprendido con el móvil (actualmente son tres puntos)
  • Para no dejar resquicios legales, la norma establece que se sancionará a los conductores que lleven el móvil en la mano. Es decir, si hasta ahora lo que se penaliza es hacer uso del móvil al volante, con la nueva legislación se multará a aquellos conductores que conduzcan "sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil”

Adiós al margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales

Las vías secundarias son las que registran mayor siniestralidad y, según los expertos de la DGT, los excesos de velocidad son la razón principal. Con este argumento, Tráfico redujo la velocidad máxima en carreteras convencionales de 100 a 90 km/h y ahora anuncia que eliminará el margen de 20 km/h para adelantar en vías secundarias.

Por el momento, la norma permite superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida, un margen que se eliminará cuando entren en vigor las nuevas normas de circulación, previsiblemente en julio. Desde ese momento, en las carreteras convencionales de 80 y a 90 km/h un adelantamiento entre 81 y 110 km/h o entre 91 y 120 km/h implicará un castigo económico de 100 euros sin pérdida de puntos en el carnet. A partir de esas velocidades se sancionará de la misma manera que se hace hasta el momento.

Adelantar por la derecha

Multa por llevar un detector o inhibidor de radar dentro del coche

Esta es otra de las normas a las que Tráfico da una vuelta de tuerca

En la actualidad solo está sancionado el uso de inhibidores y detectores de radar durante la conducción; sí están permitidos los avisadores de radar. Desde Tráfico tienen más que constatado que los conductores los desactivan para impedir que los agentes de Tráfico puedan acreditar su utilización, por lo que una vez aprobada la reforma se sancionará su mera tenencia.

La nueva Ley tipifica como infracción grave “llevar en el vehículo” mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos