La cosa se pone seria: los patinetes que pasen de 25 km/h necesitarán carnet

Patinete eléctrico.

Así lo han dictaminado en Cáceres, pero es algo mucho más general de lo que piensas...

La Audiencia Provincial de Cáceres ha emitido una sentencia firme por la cual los patinetes que pasen de más de 25 km/h necesitarán carné. Los vehículos con más de 1000 wattios de potencia son considerados ciclomotores y como tal, su conducción no puede ser tan libre como se piensa. 

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De hecho, el hecho de que las cosas hayan llegado a este punto en Cáceres se debe a un recurso de apelación de un usuario de patinete eléctrico que fue denunciado por la Policía local por conducir sin licencia. 

La Audiencia lo ha desestimado, aunque a su vez ha absuelto al conductor porque este ha explicado que fuentes oficiales le habían informado de que no era necesario el carné de conducir para llevar un patinete.

Aun así, lo recurrió para demostrar que "lo que conducía no era un ciclomotor", según informan desde 'El Mundo'; sin embargo, la Audiencia de Cáceres se ha apoyado en la toma de su decisión en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación, de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que considera "ciclomotor a un vehículo de dos ruedas, con una velocidad máxima de 45 km/h o bien una potencia continua nominal máxima inferior o igual a 4 kw si es de motor eléctrico".

Estas eran las características del vehículo que conducía el acusado, -un patinete eléctrico de dos ruedas con una potencia de 1,5kW y una velocidad máxima de 45 km/h-, con lo cual, podría ser considerado un ciclomotor como tal y necesitar un carné para ser conducido.