Certificado obligatorio para patinetes: ya tenemos fecha

Certificado obligatorio para patinetes: ya tenemos fecha

Elena Sanz Bartolomé

La forma de moverse en las ciudades ha cambiado y, de un tiempo a esta parte, proliferan medios de transporte alternativos entre los que destaca el patinete eléctrico. No en vano, en la última reforma de la Ley de Tráfico, la DGT ha dispuesto una normativa específica para regular su uso y entre las novedades introducidas figura el certificado obligatorio para patinetes: ya tiene fecha para su entrada en vigor.

Lo primero que hace el Real Decreto 970/2020 es establecer una nueva definición para estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP): son aquellos que tienen una o más ruedas, están dotados con una sola plaza y son impulsados, exclusivamente, por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. A esto hay que añadir que si cuentan con un sistema de autoequilibrado, sólo podrán dispone de un asiento o sillín.

Tras establecer el punto de partida, el reglamento continúa con los requisitos para circular. Establece en qué lugares está permitida su presencia, aquellos en los que está prohibida y suma una condición indispensable: para poder usarlos en la vía pública deberán contar con un certificado de circulación. Un documento en el que figura la identificación del VMP y con el que se garantiza que cumple los requisitos técnicos de la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características.

Certificado obligatorio para patinetes: ya tenemos fecha

El certificado de los patinetes

Para obtener ese certificado se necesita, evidentemente, ese manual del que os hablamos. Es un documento que debe elaborar la Dirección General de Tráfico para, posteriormente, ser aprobado mediante resolución de su titular. En él tienen se establecen los requisitos técnicos que un patinete debe cumplir para circular, la clasificación de los mismos, los procesos de ensayo para su certificación y los mecanismos que se emplearán para su identificación.

Cuando esté listo, se publicará en la página web de la DGT y en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Hay que tener en cuenta que será un documento vivo, es decir, lo irán actualizando en función de las modificaciones que se apliquen a la reglamentación estatal y europea de los patinetes. Al mismo tiempo, se ampliará si aparecen nuevas formas de movilidad que así lo requieran.

Certificado obligatorio para patinetes: ya tenemos fecha

¿Cuándo será obligatorio el certificado?

En 2021 entraron en vigor la mayor parte de las modificaciones que se han hecho tanto en el Reglamento General de Vehículos y como en el de Circulación: entre ellas figura la nueva normativa aplicable a los patinetes, pero el certificado tendrá que esperar. 

Tal y como ha estipulado el Gobierno, su obligatoriedad entrará en vigor dos años después de la publicación del citado manual en el BOE. Algo que todavía no ha ocurrido así que estaríamos hablando del primer trimestre de 2023… como pronto. Hasta que llegue ese momento, no está de más circular, si es posible, con la ficha técnica para poder enseñársela a los agentes si nos lo piden.

Certificado obligatorio para patinetes: ya tenemos fecha

¿Cómo será el certificado?

Teniendo en cuenta que todavía se encuentra en fase de elaboración, lo que hay son meras especulaciones. Algunos apuestan a que se tratará de un documento físico semejante al permiso de circulación del coche mientras otros apuntan a que podría formar parte de la aplicación de la DGT o llegar en forma de código QR para que, al escanearlo, se pueda disponer de toda la información.

En el caso de los patinetes nuevos, el fabricante tendrá que proporcionar dicho certificado. Aquellos que ya tengan un vehículo de este tipo en su poder, tendrán que pedir al fabricante la documentación necesaria para poder circular con él por la vía pública sin temor a una sanción.