Estos son los nuevos límites de velocidad para ciudad que entran en vigor

Circulación Madrid tráfico en ciudad

Entre el 70% y el 80% de las calles se verán afectadas

A partir de este 11 de mayo entran en vigor los nuevos límites de velocidad impuestos por la DGT en las vías urbanas. El objetivo es reducir la siniestralidad en caso de atropellos a peatones o ciclistas, así como reducir el ruido y la contaminación. Estos cambios implicarán que ahora tengamos que circular más despacio por algunas vías y el incumplimiento de estas normas acarreará distintas sanciones.

Según la nueva normativa, se mantendrá el límite de 50 km/h en vías urbanas siempre que nos encontremos en calles con más de un carril para cada sentido. No obstante, este límite se reducirá a 30 km/h en las calles de dos carriles con uno para cada sentido de la circulación y finalmente a 20 km/h en las vías de un solo carril.

Esta es la norma general, pero la DGT también ha detallado una serie de matices ante la gran variedad de vías que nos podemos encontrar. De esta forma, se limitará a 20 km/h la velocidad máxima en las calles de un carril que no tengan distinción entre acera y calzada, y se limitará a 30 km/h la circulación en:

- Vías de tres carriles con doble sentido para la circulación: si hay dos carriles para un sentido y uno para el sentido contrario, se limita la velocidad en este último. 

- Calles con dos carriles para el mismo sentido: si uno de ellos está destinado también a bicicletas y vehículos de movilidad personal o para el transporte público, la velocidad queda limitada en dicho carril. Por otro lado, también se aplica el límite a ambos carriles si uno está destinado para el transporte público y el otro para vehículos de movilidad personal.

- Vías de tres carriles para un mismo sentido: si el carril derecho está destinado al transporte público y el central se comparte con vehículos de movilidad personal, se limita la velocidad en el carril central. Asimismo, también se limita la velocidad si hay una zona compartida con bicicletas y vehículos de movilidad personal, siempre que no se trate de un carril bici.

Por otra parte, podremos circular a 50 km/h en las vías de tres carriles, con dos para un sentido y uno para el contrario, en los dos primeros. Asimismo, también podremos circular a esta velocidad en travesías y en las vías de tres carriles para un mismo sentido, incluso en los destinados a transporte público. En el caso de las autovías o autopistas que transcurran por ciudad, la velocidad se limita a 80 km/h.

Sanciones a partir de 100 €

Estas medidas han tenido una acogida general, pero hay previstas sanciones para aquellos que no las cumplan. Por ejemplo, ir entre 31 y 50 km/h en una zona limitada a 30 km/h supondrá una multa de 100 €, cifra que asciende a 300 € y dos puntos del carné de conducir si circulamos a 51 km/h. Estas sanciones van subiendo sucesivamente: 400 € y dos puntos si circulamos a partir de 61 km/h, 500 € y seis puntos si conducimos a 71 km/h, 600 € y seis puntos si conducimos a 81 km/h, etc. 

Por otra parte, en las vías limitadas a 20 km/h las sanciones son iguales, pero 10 km/h por debajo de las mencionadas para vías de 30 km/h.

Con esta nueva normativa se verán afectadas aproximadamente el 70% de las calles. Así, la DGT confía en reducir el porcentaje de víctimas mortales vulnerables -peatones o aquellos que circulan en vehículos de dos ruedas-. En 2019, el porcentaje de este tipo de muertes superó en casi tres puntos a los fallecidos en vehículos de cuatro ruedas y cuatro de cada cinco muertes por accidentes en ciudad son vulnerables.

Otro de los objetivos de los nuevos límites es reducir el ruido y la contaminación, aunque esto admite matices, ya que deberemos llevar el coche en marchas más cortas y con revoluciones más altas. Esto también podría suponer un cierto aumento en el consumo de combustible, así como en el desgaste del embrague, ya que deberemos usarlo con más frecuencia.