Las bicis en Madrid podrán circular en sentido contrario y pasar semáforos en rojo

rueda bici electrica

Noelia López

Madrid 'is different'...

Conductores y ciclistas: esto es lo que haces mal (y lo sabes)

El Ayuntamiento de Madrid trabaja en una nueva ordenanza de movilidad sostenible que pone el foco principal en el uso de bicicletas como medio de transporte. De momento, la normativa está aprobada en fase inicial e incluye una serie de cambios importantes:

  • Salvo excepciones, queda prohibido que las bicis circulen por las aceras 

    Se prohíbe expresamente la circulación de bicicletas por las aceras, calles y zonas peatonales, excepto para los niños menores de 12 años siempre que vayan acompañados por una persona adulta (a pie o en bici) y no sobrepasando en ningún caso los 10 kilómetros por hora, y siempre que no se trate de espacios declarados como de especial protección para el peatón.

  • Las bicis podrán girar a la derecha aunque el semáforo esté en rojo
    Dice la ordenanza: "en cruces con semáforo, y siempre que exista una señalización que así lo indique, se permitiría a los ciclistas cruzar la línea de detención estando el semáforo en fase roja para realizar el giro a la derecha, respetando la prioridad del resto de usuarios".

  • Las bicis podrán circular en ambos sentidos en calles residenciales
    Cuando entre en vigor la nueva norma, las bicicletas podrán circular en los dos sentidos de la marcha pero solo en calles residenciales con límite de velocidad a 20 km/h. No podrán hacerlo si existe una señalización específica que lo prohíba.
    En el resto de calles se podrá habilitar esta posibilidad si se considera oportuno.

  • Quedan prohibidos los ciclos de más de dos ocupantes 
    No es habitual verlos pero los ciclos preparados para transportar a más de dos ocupantes quedan ahora prohibidos en Madrid, incluidos los que se utilizan para celebración de fiestas o con fines turísticos o recreativos. 
  • Se habilita un registro voluntario de bicis
    La inscripción en Biciregistro será obligatoria para para bicicletas o ciclos de alquiler, distribución de mercancías u otras actividades económicas. Para el resto será voluntaria.
  • Plazas de parking para bicis (de pago)

    Tanto los aparcamientos municipales subterráneos o cerrados gestionados directamente por el Ayuntamiento como los de residentes ofrecerán plazas para bicicletas con una tarifa específica.
    Los estacionamientos para bicicletas en la vía pública se ubicarían prioritariamente en las bandas de aparcamiento de la calzada (por tanto, no en la acera salvo casos excepcionales) y preferentemente en las configuradas en línea.

  • Una 'grúa' que se llevará las bicis...

    La norma recogerá que aquellas bicicletas que no se encuentren en condiciones de circulación y uso seguro por los usuarios habrán de ser retiradas por el titular, que no podrá situarlas en el espacio público ni arrendar su uso hasta que hayan sido reparadas o sustituidas por otras seguras y plenamente operativas.

    El incumplimiento de estas obligaciones habilitaría al Ayuntamiento de Madrid para retirar las bicicletas a costa de su titular.

La nueva normativa también contempla novedades para el servicio de alquiler de bicis (BiciMAD). La ordenanza recoge las condicones de regulación del servicio y define normas y prohibiciones de uso como que se permitirá el uso económico de las bicicletas de BiciMAD (por ejemplo, para el transporte de mercancía) si bien no se asegurará ninguna carga transportada. Además, hay que tener en cuenta que pronto se pondrá en marcha la gran área de prioridad residencial de Madrid Central.

Etiquetas: coche sostenible