Si tu carnet de conducir caduca a partir del 1 de junio ya no tendrás un plazo extra para renovarlo

Conducir coche fase 2
Se acabó el periodo de gracia

Con la llegada de la pandemia y el posterior decreto de estado de alarma se pusieron en marcha algunas medidas extraordinarias para reducir el impacto en la vida de la población. Estas medidas no sólo se dirigieron al ámbito económico o social, sino que también cobraron importancia en los asuntos de la administración.

La mayoría de oficinas han permanecido cerradas, aunque ya empiezan a retomar la actividad presencial. Esto ha provocado que muchos plazos de renovación se hayan prorrogado algunos meses ante la imposibilidad de que la documentación pueda renovarse.

Ha sido el caso del DNI, cuya renovación se extendió durante un año, siempre y cuando hubiese caducado durante el decreto de estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, tal y como se explica en este comunicado del Ministerio del Interior.

Lo mismo ha ocurrido con el carnet de conducir. Si este documento caducaba durante dicho período, la validez del mismo se renovaba automáticamente durante los 60 días hábiles posteriores a que finalizase el estado de alarma.

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Sin embargo, debes tener en cuenta el último cambio que se ha implementado en esta medida. Según adelanta Ideal, los permisos que caduquen a partir del 1 de junio no disfrutarán de la prórroga de 60 días, aunque el estado de alarma siga vigente. Es decir, si tu carnet de conducir tiene vencimiento a partir del 1 de junio debes renovarlo en la fecha estipulada. Así lo ha confirmado la DGT a dicho periódico.

Eso sí, los permisos caducados entre el 14 de marzo y el 31 de mayo contarán con la prórroga extraordinaria de 60 días para su renovación.

Hasta el momento, el plazo de un año para los DNI caducados durante el estado de alarma continúa en marcha, debido al colapso que pueden sufrir los servicios de cita previa y a la necesidad de mantener la distancia entre los ciudadanos.