La DGT quiere endurecer los castigos a los conductores delincuentes

La salida de la vía es la causa más frecuente de accidente

Miguel Lorente

Una propuesta de reforma de la Ley de Seguridad Vial.

Tras la intervención del fiscal encargado en la materia de la Seguridad Vial ayer, Bartolomé Vargas Cabrera, y apoyado en los datos del estudio del estudio del Instituto Nacional de Toxicología del año 2016, donde se recoge que el 43% de los fallecidos en accidente de tráfico (lo que supone un total de 239 personas muertas durante la conducción) lo hacían bajo los efectos de alguna droga, incluido el alcohol y/o psicofármacos. Una situación requiere una intervención inmediata y drástica.

De la vigilancia aérea se encarga el famoso helicóptero Pegasus.

Además, según los datos del Ministerio del Interior, a través de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, hasta 100.000 conductores dieron positivo en controles de drogas realizados en el ejercicio de 2016.

Retrocediendo un año más, en 2015, se estableció en un 12 % la cantidad de personas que conducían bajo los efectos del alcohol. 

Los peatones tampoco quedan exentos de responsabilidad ya que, el 32 por cierto de los viandantes fallecidos en 2016 estaban bajo efectos de alguna droga cuando fueron mortalmente atropellados, o lo que es lo mismo 53 personas fallecidas por atropellos influidas por los efectos de las drogas.

Si bien la ley es contundente, en su artículo 379, segundo párrafo, del Código Penal, se establece que "Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas supondrá prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.", quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica.

Las motos de la Guardia Civil también podrán hacer test

También se recoge como delito negarse a realizar el test de detección de drogas, cuyo castigo puede llevar a prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años, por no hablar de la desaparición de los puntos DGT de tu carnet.

Nuevas medidas y endurecimiento de las penas

"El tope de cuatro años (de prisión) quizá haya que subirlo" indicó Vargas Cabrera. Y es que éste es el máximo castigo que se recoge cuando cualquier persona que conduzca pueda recibir, independientemente de las repercusiones de sus actos. Es decir, en caso de un accidente provocado por una persona en la que haya fallecidos, incluso independientemente del total de difuntos, la mayor de las condenas que se aplicarían sería un máximo de hasta cuatro años de cárcel.

Así son los cinco conductores más temerarios

Otro aspecto en el que se centró el fiscal fue en el delito por omisión del socorro o abandono del lugar del accidente, ya que, actualmente, no se contempla ni sanciona en caso de que la víctima falleciera en el momento del atropello, aunque el conductor hubiera incurrido en cualquiera de estos casos.

Según lo que mencionamos, el letrado apuesta por el endurecimiento de las penas a aquellas personas que hubieran incurrido en un delito contra la seguridad vial, incluidos los casos de velocidad imprudente, conducción temeraria o el tratado consumo de cualquier tipo de droga, con la retirada total del carné, independientemente que se hubieran producido lesiones a otras personas.