Madrid Central: no se multará a los infractores hasta el 15 de marzo

Con Madrid Central, comenzaron las restricciones en el centro de la capital.

Javier Leceta

Las 'recetitas' comenzarán el 15 de marzo

Madrid Central entra hoy, 1 de marzo, en vigor. Sin embargo, las multas de Madrid Central no llegarán hasta el próximo 15 de marzo, según ha anunciado el ayuntamiento de la capital (aquí tienes todo lo que debes saber para aparcar en Madrid Central).

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Esta prórroga de 15 días permitirá, según ha explicado la portavoz municipal, Rita Maestre, "acoplar los dos plazos, el del fin de la llegada de las notificaciones sin sanción (aún quedan cartas informativas por llegar a conductores que entraron con vehículos no autorizados en el centro de Madrid) y el comienzo de las sanciones económicas".

Como ya sabrás, hasta el día de ayer, 28 de febrero de 2019, el ayuntamiento únicamente estaba informando a los infractores por carta, pero sin sanción económica. Hasta la entrada real en vigor de las restricciones en el centro de Madrid, aproximadamente 14.000 conductores han recibido una notificación por acceder con vehículos no autorizados.

Mapa Madrid Central

Hoy en teoría acaba ese plazo informativo y comenzaban a multarse todos los vehículos no autorizados que entraran en la almendra central de Madrid, aunque los ciudadanos contarán con 15 días más de plazo tras la medida anunciada por el consistorio. Desde mediados de marzo, las multas en Madrid Central tendrán un importe de 90 euros (que, como ocurre con otras sanciones, se rebajarán un 50% por pronto pago).

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Hasta 125 cámaras (70 ubicadas en Madrid Central y 55 en las salidas) serán las encargadas de inmortalizar los vehículos infractores desde el próximo 15 de marzo. Y ahí, salvo nuevo cambio de opinión del Ayuntamiento, las multas económicas ya serán una realidad.

A partir de esa fecha, los vehículos que podrán entrar en las 472 hectáreas que comprende Madrid Central serán los que cuenten con etiqueta Cero Emisiones y Eco, los etiquetados con B y C siempre que estacionen en aparcamientos públicos o establecimientos autorizados (las motocicletas con estas etiquetas pueden estacionar libremente), los conductores residentes y sus invitados (los residentes dispondrán de 20 invitaciones al mes), los propietarios de plazas de aparcamiento en Madrid Central y, por último, los suministradores y prestadores de servicios, entre otras excepciones.

Fuente: El Mundo.