¿Qué multa tienes si pasas a 100 km/h por un radar limitado a 90?

Velocidad multan radares

Victor Delgado

Al fin y al cabo es poco dinero, pero molesta.

Recibir una multa por exceso de velocidad nunca es plato de buen gusto. Siempre hay alguien que te dice eso de "si no quieres que te pongan una multa, basta con respetar la velocidad de la vía". En la teoría tienen razón, pero en la práctica es fácil despistarse al volante y superar ligeramente la velocidad máxima permitida. Sobre todo si tienes uno de los coches nuevos de 2019, cuya sensación de velocidad es mucho menor a la de los vehículos de hace años. Y ahora que la limitación de las carreteras convencionales en España es de 90 km/h, ¿qué multa tienes si vas a 100 km/h por una carretera de 90?

Multa a 100 km/h en una carretera de 90

Todos, o casi todos, sabemos las multas económicas que implica superar la velocidad máxima permitida en una autopista, ya que es la vía por la que más solemos circular. O por lo menos las menos cuantiosas en dinero. Sin embargo, las multas en carreteras secundarias son algo menos conocidas. La limitación en estas vías es de 90 km/h, lo que significa que la velocidad máxima para cada multa también se reduce si la comparamos con la de una autopista o autovía.

Tabla multas velocidad DGT

Como puedes ver en la tabla, la velocidad máxima para que no te quiten puntos en una carretera convencional es de 120 km/h. Hasta esa cifra, la sanción es de 100 euros, que pueden bajar hasta 50 si te acoges a la reducción de la tarifa por pronto pago. Para esto es necesario que la multa se pague antes de que pasen 20 días naturales después de que se te haya notificado la sanción. En todos los casos, al hacer esto la cuantía económica se reduce al 50%, pero no ocurre así con la reducción de puntos del carnet.

De este modo, si superas los 120 km/ en una carretera nacional prepárate para ver disminuir los puntos de tu carnet. Si vas a 121 km/h, hasta 140 km/h, te quitarán dos puntos y 300 euros de tu cuenta bancaria; o 150 euros si aprovechas el descuento por pronto pago. La cosa se pone más fea si te pillan circulando entre 141 km/h y 150 km/h: perderás cuatro puntos de tu carnet y 400 euros (o 200 si la pagas dentro de los 20 días naturales después de que te la hayan notificado).

La última de las consideradas multas graves en carretera secundaria será un hecho si te cazan yendo entre 151 km/h y 160 km/h. Ahí te quitarán 500 euros (o 250 con pronto pago) y seis puntos del carnet de conducir. Después de esta velocidad empieza lo peor: la multa muy grave. Esta ocurrirá si te ven circulando a más de 160 km/h por una carretera limitada a 90 km/h, y la sanción asciende a 600 euros y a la retirada de seis puntos... como poco.