La DGT confirma que el margen de error de los radares va a seguir siendo el mismo que hasta ahora

Radar

Gustavo López Sirvent

Se había rumoreado que el margen de error de los radares iba a ser más estricto, pero el órgano rector del tráfico en España desmiente dichas especulaciones y ratifica que se mantendrán las velocidades que hay hasta ahora tanto en los radares fijos como en los móviles o de tramos.

En las últimas semanas había surgido el rumor de que la DGT podría cambiar el margen de error de los radares tanto en carreteras como en autovías. También se había dejado entrever que de esta forma sería más complicado librarse de la multa. Pero según publican nuestros compañeros de Autobild, esa situación no va a ser así y es totalmente falso ese hipotético cambio.

La Dirección General de Tráfico ha confirmado que aunque si bien es cierto que se ha publicado una orden ministerial que reconoce que los radares son cada vez más precisos y esto permitiría reducir los márgenes de error a los señalados en el párrafo anterior, no hay intención de aplicarla, al menos en un corto espacio de tiempo.

Una vez nos vamos al decreto en cuestión nos percatamos que no la ha redactado la DGT. "Se trata de una orden de metrología que reconoce la mayor precisión de los radares, pero desde la DGT no se ha aprobado ningún cambio al respecto", detalla. Esta orden que relatamos no es novedad, puesto que data de febrero de 2020.

Desde el órgano rector del tráfico en España explican también que los márgenes de error de los radares "se mantienen tal cual fueron aprobados en febrero de 2015 siendo directora general de Tráfico María Seguí". Este hecho manifiesta que los radares móviles van a seguir saltando con un margen de error del 7% (o 7 km/h) y los fijos con un 5% (o 5 km/h).

Como decíamos al principio, se había especulado con que los radares iban a aplicar márgenes de error mucho más estrictos que los que hay en la actualidad. Ya hemos explicado que no es así, con lo que la conocida regla del 7 va a seguir estando presente en los detectores de velocidad de nuestras carreteras y autovías o autopistas.

Según los rumores que circularon por Internet, se comentaba que Tráfico habría decidido modificar los radares para reducir el margen de error. Si nos ceñimos a lo publicado, la aplicación futura registraría que los radares fijos tendrían como exceso de velocidad superar en un 3% el máximo permitido si el límite es superior a 100 km/h y  en 3 km/h si es inferior.

En el caso de los radares móviles se especulaba que tendrían una reducción del margen de error al 5% o 5 km/h.

¿Qué es la regla del 7?

Como se ha hablado mucho sobre ella, te explicaremos qué es la regla del 7 en la medición de los radares. En carreteras donde el límite sea inferior a 100 km/h, puedes sumar 7 km/h a la velocidad máxima permitida. Siempre que no superes esa velocidad, estarás dentro de los límites legales. En vías donde el límite sea mayor de 100 km/h, hay que sumar un 7% de esa velocidad.

Es decir, en una carretera limitada a 100 km/h puedes ir hasta a 107 km/h; en una limitada a 110 km/h podrás ir a 117,7 km/h y en una de 120 km/h podrás ir a 128,4 km/h. Pero has de tener muy en cuenta que esta regla del 7 sólo puede aplicar a los radares móviles. 

Los radares fijos y los de tramo son más estrictos porque en ellos se aplica la regla del 5: margen de 5 km/h en vías de menos de 100 km/h y del 5% en las que superen dicha velocidad.