Eleanor, el Mustang de 60 Segundos, tenía una particularidad: si lo recreabas, te denunciaban. Hasta ahora

Se abre la veda para crear réplicas del mítico Ford, porque un juzgado considera que no tiene las características necesarias para estar protegida por derechos de autor.

La relación de los coches con la historia del cine es amplia, y es que películas míticas de todas las eras han dado lugar a automóviles que son recordados por todos. Seguramente el caso del DeLorean sea el de mayor conocimiento universal, pero cada uno tendrá su recuerdo concreto (para mi es la furgoneta del Equipo A). Sin embargo, uno de los más replicados ha sido Eleanor, de '60 Segundos'.

La cuestión es que, precisamente, recrearlo solía derivar en una multa para el creador, pero es algo que ya va a dejar de ser así. 

Lo primero es lo primero. Cuando alguien decidía crear un Ford Mustang con las características de Eleanor, se le castigaba por una cuestión de derechos, puesto que se consideraba que se estaba infringiendo el copyright. Es decir, con este curso de acción se consideraba a Eleanor como un personaje de ficción.

Sin embargo, una sentencia reciente en el U.S. Court of Appeals Ninth Circuit podría crear jurisprudencia, puesto que señala que no se puede considerar como tal al coche y que, por tanto, no se puede denunciar a quien cree su propio Eleanor imitando al original.

En el documento se explica el punto de partida: “La cuestión central en este caso es si “Eleanor” es un personaje sujeto a derechos de autor. Eleanor es una colección de Ford Mustangs que aparecen en cuatro películas, la más reciente en 60 segundos (2000). Los apelantes argumentan que Eleanor es susceptible de derechos de autor según el criterio de este Tribunal para la protección independiente de los derechos de autor de personajes”

A pesar de ello, la sentencia apunta a que esto no es así: “Sin embargo, el argumento de los apelantes se estanca en el punto de partida: sostenemos que Eleanor no es un personaje, y mucho menos susceptible de derechos de autor. Como se explica a continuación, confirmamos parcialmente y revocamos parcialmente”.

La cuestión básica es discernir si Eleanor tiene derecho a la protección de los derechos de autor del personaje. Para ello, se establece una serie de características que tiene que cumplir:

  • El personaje debe tener cualidades tanto físicas como conceptuales
  • El personaje debe estar suficientemente delineado para ser reconocible como el mismo personaje siempre que aparezca; y mostrar rasgos y atributos consistentes e identificables
  • El personaje debe ser especialmente distintivo y contener elementos únicos de expresión

El juzgado considera que Eleanor no cumple ninguno de los tres requisitos y que, por tanto, no puede ser susceptible de tener derechos de autor protegidos, lo que haría que fuera legítimo recrearlo. 

Respecto a lo primero, se señala que “Eleanor, sin embargo, carece de tales cualidades conceptuales. De hecho, Eleanor no presenta rasgos antropomórficos. El coche nunca actúa con iniciativa ni voluntad; más bien, siempre es conducido por los protagonistas de la película. Eleanor no expresa sensibilidad”.

Aunque es posible considerar un personaje protegido por derechos incluso si “carece de atributos sensibles y no habla (como un coche)”, se considera que “Eleanor es solo uno de los muchos coches con nombre en las películas. De esta manera, Eleanor se asemeja más a un elemento de atrezo que a un personaje”.

En cuanto al segundo punto, la consistencia a lo largo de sus apariciones, se considera que Eleanor tampoco cumple con él.

“A lo largo de cuatro películas y once iteraciones, Eleanor carece de rasgos consistentes. Por ejemplo, su apariencia física cambia con frecuencia a lo largo de las distintas películas, apareciendo como un Mustang Fastback amarillo y negro, un Mustang Shelby GT-500 gris y negro, y un Mustang oxidado y sin pintura que necesita reparación”, apunta la sentencia.

Es más, se señala que “estas últimas Eleanor son irreconocibles hasta que los protagonistas las presentan como Eleanor” y que las características que señala Halicki (que tiene los derechos de las tres primeras películas) es que siempre “sufre graves daños” y es “difícil de robar”, pero la sentencia señala que “menos de la mitad de las Eleanor aparecen dañadas, y los daños van desde daños corporales causados por una persecución policial, pasando por daños estéticos, hasta ser completamente destrozadas”.

Por último, en lo relacionado con el tercer punto, se considera que “Eleanor no es especialmente distintiva. Nada distingue a Eleanor de muchos coches deportivos que aparecen en películas de acción centradas en coches” y que “el nombre Eleanor tampoco es único; más bien, es un nombre femenino común, cuya normalidad era el objetivo principal de nombrar vehículos en clave en las películas”.

Por todo esto la resolución de la sentencia es que “en resumen, Eleanor no es realmente un personaje. E incluso si Eleanor lo fuera, no tendría derecho a la protección de los derechos de autor”.

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Mario Herráez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España